Por ejemplo, en el Código Civil los artículos 88 y 1464 números 3 y 4.
Por ejemplo, en el Código Civil los artículos 88 y 1464 números 3 y 4.
Mi nombre es Jorge Castro, soy abogado de profesión y soñador por vocación. Actuó en calidad de autor intelectual de este singular proyecto.
Formalidades y Solemnidades. Tanto la jurisprudencia, como el Código Civil, utilizan los términos formalidades y solemnidades indistintamente. Sin embargo, en doctrina no existe el mismo consenso. Hay autores que diferencian la solemnidad de la formalidad. Solemnidad sería el género y Formalidad la especie. Para otros, formalidad y solemnidad son términos sinónimos y consisten en las...
Así, por ejemplo, son convenciones pero no contratos el pago, la resciliación, la estipulación en virtud de la cual las partes convienen en que cesen los intereses que devengaba una deuda y la tradición. Todas estas figuras provienen de un acuerdo de voluntades, pero en sí no son un contrato, porque no crean derechos, sino que los extinguen las dos primeras, los extinguen y modifican (la tercera)...
Las deudas hereditarias son aquellas que el causante tenía en vida. Las deudas testamentarias, también denominadas cargas testamentarias, son aquellas que tienen por fuente el propio testamento. La principal carga testamentaria corresponde a los legados. También el modo constituye una carga testamentaria.