Tipos de sentencia definitiva en el juicio ejecutivo

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La sentencia definitiva que se dicta en el juicio ejecutivo, puede ser de dos clases: absolutoria y condenatoria.

1.- Sentencia Absolutoria. Esto es, es la que acoge una o más excepciones, rechaza la demanda ejecutiva y ordena alzar el embargo.

2.- Sentencia Condenatoria. Vale decir, es la que rechaza todas las excepciones, acoge la demanda ejecutiva y ordena continuar la ejecución.

La sentencia condenatoria puede ser de dos clases: a) Sentencia de Pago: es aquella que se dicta cuando el embargo ha recaído sobre dinero o sobre la especie debida (art. 475 del CPC). b) Sentencia de Remate: es aquella que se dicta cuando el embargo ha recaído sobre bienes que es preciso rematar para hacer pago al acreedor.

Bibliografía: Labbé, L. T. (2015). Apuntes. Derecho Procesal – Leonel Torres Labbé. Recuperado el 12 de marzo de 2018, de sitio web.

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Jorge Castro Barros

Abogado especializado en Derecho Inmobiliario, con más de 15 años de experiencia profesional. Escritor ocasional en este blog jurídico y entusiasta de los activos digitales.

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