Las Cortes de Apelaciones conocen los asuntos EN CUENTA O EN RELACIÓN.
El que una Corte conozca de un asunto EN CUENTA, significa que ella toma conocimiento del recurso con la sola exposición que efectúe el relator y sin ningún otro trámite que los indicados para proceder a la cuenta.
En cambio, cuando la causa es conocida EN RELACIÓN, implica que habrá VISTA DE LA MISMA.