Art. 1247. El beneficio de inventario consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes que han heredado.
Art. 1247. El beneficio de inventario consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes que han heredado.
Mi nombre es Jorge Castro, soy abogado de profesión y soñador por vocación. Actuó en calidad de autor intelectual de este singular proyecto.
Acerca de la cesión de derechos. Tanto los derechos reales como los personales, a excepción de los personalísimos, pueden ser objeto de enajenaciones o transferencias. La cesión de derechos reales sigue las reglas de los contratos, salvo el derecho de herencia, que posee normas especiales. Tratándose de la cesión de derechos personales y derechos litigiosos, la ley también ha dispuesto normas...
Definición de Copropiedad. El derecho de copropiedad es aquel que ejercen dos o más personas conjuntamente sobre el total de una misma cosa y cada una de sus partes. En consecuencia, el derecho de cada copropietario no recae sobre una parte materialmente determinada de la cosa. La doctrina expresa que la copropiedad o condominio es una especie de comunidad. En tal sentido, se entiende que existe...
Art. 1888. El contrato de compraventa podrá rescindirse por lesión enorme. Art. 1889. El vendedor sufre lesión enorme, cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende; y el comprador a su vez sufre lesión enorme, cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ella. El justo precio se refiere al tiempo del...