Archivojunio 28, 2011

Jactancia

J

La jactancia es la declaración que hace una persona arrogándose uno o más derechos de los que, en efecto, no está gozando. Así, cualquiera que resulte afectado por dicho acto puede ejercer la acción de jactancia; esto es, pedir que se obligue al jactancioso a deducir demanda en breve plazo, so pena, si no lo hiciere, de no ser oído después. La jactancia está ordenada en los artículos 269 a 272...

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