Reglamentación de los Derechos Reales y Personales El legislador distingue entre cosas corporales e incorporales. Seguidamente, hace una nueva distinción en el artículo 576 del Código Civil, señalando que las cosas incorporales son derechos reales y personales. Se refieren a los derechos reales los artículos 577 y 579, además de algunas leyes especiales. En cambio, los derechos personales...
Derechos reales y personales
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